Estoy a la espera de recibir una llamada de ellos porque les dije que no quería renovar, y me dijo la chica que iba a consultar y que me dirían algo.
Creo que me caduca a finales de agosto
Aquí tienes las condiciones generales:
II.2.6 Normas de liquidación de los siniestros para las modalidades del vehículo Artículo 34.- Valoración de las indemnizaciones Para la liquidación de las indemnizaciones se tendrán en cuenta las siguientes normas:
a Franquicias: se deducirá de la reparación o indemnización la Franquicia contratada en la Póliza, salvo en los casos en que el siniestro afecte exclusivamente a las garantías de robo, incendio, a la de lunas ni tampoco a los accesorios declarados según la definición que aparece en esta Póliza.
b Neumáticos: se indemnizarán al 80% de su valor de nuevo, salvo en los casos de accidente con otro vehículo identificado, en que se indemnizarán al 100%.
c Accesorios declarados: se indemnizarán a valor de nuevo hasta el límite garantizado en las Condiciones Particulares de la Póliza.
d Accesorios fi jos que sean originales de la marca: se indemnizarán a valor de nuevo, afectándoles la Franquicia, salvo en la garantía de robo.
e Siniestro parcial: se indemnizará el 100% del coste de reparación del vehículo.
f Siniestro total: Línea Directa considerará que existe siniestro total cuando el importe presupuestado de la reparación supere el 100% del valor venal del vehículo. En este caso se abonará al propietario del vehículo asegurado una indemnización en función del tiempo transcurrido desde la fecha de su primera matriculación, de la que se deducirá el valor de los restos cuando estos queden en poder del asegurado, y que se calculará de la siguiente forma: •
Durante los 24 primeros meses: valor de nuevo.
• Desde el mes 25 hasta el mes 36, ambos inclusive: valor venal más el 15%.
• Del mes 37, incluido, en adelante: valor venal.