Olvidate. Ningun organismo oficial recaudatorio aplica bonificaciones en modo automático, así a los k se le pasa a pagar y pista. Hay k tramitarlos expresamente.
No estoy de acuerdo. En Madrid capital, si lo hizo un organismo oficial, el departamento correspondiente del ayuntamiento, sin nadie hacer nada previamente, ni el concesionario ni yo.
A las dos semanas de tener el coche me llegó una carta del ayuntamiento diciendo que la matrícula 1111XXX del coche que acababa de adquirir cumplía con los requerimientos necesarios, por lo que se me aplicaría un descuento del 75% en el IVTM durante los próximos 6 años.
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Bonificaciones
Se aplicará a los siguientes vehículos: turismo, camiones, furgones, furgonetas, vehículos mixtos adaptables, autobuses, autocares, motocicletas y ciclomotores según el tipo de carburante, motor e incidencia en el medio ambiente, siempre que cumplan lo siguiente:
- A. Que se trate de vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas) o vehículos híbridos enchufables PHEV (Plug in Hybrid Vehicle) o vehículos eléctricos de rango extendido.
- B. Que se trate de vehículos que, según su homologación de fábrica, utilicen el gas o el bioetanol o sean de tecnología híbrida, e incorporen dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.
Las bonificaciones se aplicarán de oficio por la Administración municipal, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su otorgamiento, de acuerdo con la información facilitada por la Dirección General de Tráfico.
Así, desde el alta del vehículo como consecuencia de su matriculación y autorización para circular, puede descontarse el porcentaje de bonificación en el momento de la presentación-ingreso de la correspondiente autoliquidación, sin perjuicio de la oportuna comprobación por parte de la Administración municipal.
Porcentaje de bonificación medioambiental desde la fecha de matriculación del vehículo:
- Vehículos eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas e híbridos enchufables PHEV o vehículos eléctricos de rango extendido: 75% de bonificación desde el primer año y con carácter indefinido.
- Vehículos híbridos con catalizador y de gas o de bioetanol: 75% de bonificación desde el primero hasta el sexto año.