Todos los vehículos que puedes conducir con el permiso B

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Fuente: Todos los vehículos que puedes conducir con el permiso B

La DGT ha autorizado la conducción de vehículos ecológicos de hasta 4.250 kilos con este tipo de permiso
21/05/2018 16:30h

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha informado a la Organización Empresarial de la Logística y el Transporte (UNO) que autorizará la conducción de vehículos ecológicos de hasta 4.250 kilos con el permiso B, siempre que el conductor posea una antigüedad mínima de dos años con esa licencia. La DGT compensa así el exceso de peso que conllevan las baterías y depósitos de los vehículos ecológicos.

De esta manera, si el vehículo ecológico sobrepasa los 3.500 kilos, y siempre que no exceda de 4.250 kilos, puede ser conducido por quienes cuenten con una antigüedad de dos años de la licencia de conducción B y no se les exigirá la obtención de la licencia C, estipulada para los vehículos de más de 3.500 kilos de masa máxima autorizada.

«Se trata de una decisión fundamental para incentivar el uso de vehículos ecológicos en el sector logístico español. Hemos venido trabajando intensamente con la DGT en esta línea para materializar una compensación que evitara la exigencia de la obtención del permiso de conducción C para los vehículos ecológico que por el peso de sus baterías o tanques superaran los 3.500 kilos», explica el secretario general de UNO, Francisco Aranda.

Cosas de coches adelantan que fuentes de la DGT indican que esta medida quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores una vez que se modifique la directiva europea del CAP, que ya ha aprobado la UE. Además, y tal y como recogen enTodotransporte.com, este nuevo reglamento establecería lo siguiente: «Los mayores de 18 años podrán disponer del carné de conducir C1 (aquellos vehículos que tengan entre 3.5000 y 7.500 kg de masa, que pueden llevar un remolque de hasta 750 kg) y C1E (vehículos de la misma masa que los anteriores, pero que pueden acompañarse de un remolque cuya masa supere los 750 kg, mientras que el peso total del vehículo no sea mayor de 12.000 kg)».

Por lo tanto, es importante recordar que, además de esta nueva incorporación, todos los demás vehículos que se pueden conducir cuando tienes el permiso B de conducir:

-Ciclomotores con una cilindrada menor a 50 cc o un motor eléctrico y con una velocidad máxima limitada a 45 km/h.

-Motocicletas de hasta 125 cc con una potencia máxima de 15 CV (11KW), siempre que se posean más de 3 años de experiencia con el carnet B.

-Vehículos de tres ruedas o triciclos cuando dos de las tres ruedas estén en el mismo eje.

-Motos con sidecar: tienen que haber pasado tres años como mínimo desde la obtención del permiso del coche.

-Cuadriciclos ligeros con un peso máximo de 350 kilos y que tengan una potencia máxima de 4 kW.

-Cuadriciclos convencionales de hasta 550 kilos y 20 CV (15 kW).

-Buggies con más de 20 CV (están homologados como turismos).

-Quads o ATV sin limitaciones específicas (homologados también como turismos).
 

Juan CHR

Forero Experto
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Entiendo que con esos pesos, lo que se cubre no sólo son los turismos, sino sobre todo los vehículos furgonetas.

Y esos vehículos necesitan carga extra de baterías porque son más pesados. Ahora se ven poco, pero este tipo de medidas incentiva el que haya más fabricantes que se animen.
 
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