PLAN MOVES III

  • Autor de tema Autor de tema TICO
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Hasta que no lo cobres no lo declaras. Era el 70% de la factura, pero ellos son así. Cuando tengas el dinero lo declaras en esa Renta.
Ya, pero son dos cosas diferentes. Una cosa es la deducción por la instalación del punto de recarga y otra cosa es la declaración de la subvención como segundo pagador para pagar los impuestos correspondientes. Para lo primero, tanto del coche como del punto piden el importe de la subvención a la que te has acogido.

Las subvenciones irán al ejercicio del 2025 (en la declaración que se hace en abril 2026).
 
Tú sigue el criterio de caja. Declara tus ingresos el año que los recibes, que no quita que puedas hacer una complementaria por ingresos recibidos un año y correspondientes al ejercicio anterior (atrasos, por ejemplo). El criterio de caja nunca falla.
 
Tú sigue el criterio de caja. Declara tus ingresos el año que los recibes, que no quita que puedas hacer una complementaria por ingresos recibidos un año y correspondientes al ejercicio anterior (atrasos, por ejemplo). El criterio de caja nunca falla.
Ya, joer. Pero si te dicen "importe de las subvenciones a las que te has acogido/te acogerás". Pues algo hay que poner. ¿No? De todas formas lo ha estado mirando mi marido hoy y le sale automático el importe de la subvención aunque todavía no está tramitada (los de la empresa instaladora se han bloqueado con la segunda documentación y ya les estamos metiendo prisas). Así que bueno, misterio resuelto.
 
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